Son fuentes de proliferación del mosquito transmisor del dengue
El Ayuntamiento de Campeche, que encabeza Biby Karen Rabelo de la Torre, se ha negado a aplicar ley que regula los predios baldíos, lo que repercute en la salud y la seguridad de los campechanos, por ser fuentes de proliferación de dengue y refugio de malhechores, denunciaron los diputados Karla Guadalupe Toledo Zamora y José Antonio Jiménez Gutiérez, presidenta de la Comisión de Salud e integrante de la Comisión de Seguridad Pública y Protección a la comunidad del Congreso.
El primero de enero de 2023, recordaron, entraron en vigor diversas modificaciones a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche, con lo cual se instruye a las Comunas a buscar a los propietarios de terrenos baldíos y obligarlos a limpiar sus predios al menos dos veces al año. O en su caso, intervenir con los recursos del Ayuntamiento para limpiarlos y aplicar las respectivas multas y el cobro de la limpieza.
Es importante que se aplique la ley. Todos los Municipios lo recibieron, salió en el Periódico Oficial que entró en vigor a partir de enero de 2023, y parecería que no quieren multar a las personas que no limpian sus terrenos baldíos, afirmó la priísta Karla Toledo, quien también es integrante de las comisiones de Estudios Legislativos y Enlace en Materia de Fiscalización.
De cada 10 familias en el Municipio de Campeche, expuso, hay al menos una donde alguno de sus integrantes se ha contagiado de dengue este año, afirmó Toledo Zamora, al calificar como preocupante que el Gobierno de Biby Rabelo no ponga de su parte.
El Ayuntamiento también puede intervenir, limpiar esos terrenos y después hacer el cobro a los dueños. Ellos tienen la relación en catastro de quienes son los dueños de los predios, pero no hay voluntad de hacerlo, reprochó.
Esos lotes llenos de maleza son focos de infección, por la acumulación de basura, y contribuyen a la proliferación de moscos, lo que representa un problema de salud pública e es madriguera de delincuentes que asaltan y roban a los campechanos, finalizó la priísta.
El diputado morenista Antonio Jiménez, presidente de la Comisión de Control Presupuestal y Contable, afirmó que la administración de Biby Rabelo no tiene excusas para ser omisa con esta ley, ya que este año recibió más de mil 800 millones de pesos en presupuesto.
Por eso pedimos a la autoridad municipal que atienda de manera ordenada todos estos espacios donde se generan los mosquitos, que constituye un problema público que ahorita es grave, alertó.
Al menos en el Quinto Distrito que represento, han detectado gran cantidad de terrenos baldíos en Samulá, San Rafael e incluso en el barrio de San Román, donde hay muchas casonas abandonadas y llenas de maleza.
Coincidentemente, en esos puntos de la ciudad se ha detectado gran cantidad de contagios de dengue, asaltos y robos a casa habitación.
Como integrante de las comisiones de Finanzas y Hacienda, explicó que en el presupuesto asignado al Ayuntamiento de Campeche para el 2023 —que les tocó analizar y dictaminar—, se especificaba el tema de los predios baldíos, pero el Gobierno Municipal simplemente se niega a acatar la ley.
También se debe bardear
En concordancia al artículo 85-B de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, durante todo el año la autoridad municipal efectuará el desmonte, desyerbe y/o limpieza de lotes baldíos, con cargo al particular omiso (personas físicas o morales, propietarias o poseedoras de terrenos que no realicen conforme lo que disponen los ordenamientos municipales, la adecuada limpieza de los mismos y que cuenten en su interior con maleza, basura o escombros).
En concordancia al artículo 85-C de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche, el monto del derecho se cubrirá por cada servicio de limpieza que realice el Ayuntamiento, aplicándose la cuota de 1 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización por metro cuadrado, dependiendo del tipo de limpieza que se requiera.
Los derechos a que se refiere esta sección deberán pagarse en la Tesorería Municipal o a sus recaudadores autorizados en el Municipio, al concluir la limpieza correspondiente o en su defecto, de manera conjunta con el Impuesto Predial.
Además se aprobó que cuando el Municipio considere que dichos terrenos son refugio de delincuentes y que en los mismos se acumula basura o animales, procederá al cercado del terreno, previa notificación al propietario, y se cobrará de acuerdo al material con el que se realice, por los metros lineales de bardeado.
Rabelo viola el artículo 162 bis
De acuerdo con el artículo 162 bis de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Campeche —adicionado durante la última reforma que entró en vigor el pasado 1 de enero—, las autoridades municipales tienen la obligación de requerir a los propietarios de lotes baldíos ubicados en zonas urbanas, cuando su omisión constituya condiciones de insalubridad o inseguridad.
En caso que el dueño no responda, el Ayuntamiento deberá limpiar el predio, con cargo y sanción al propietario o poseedor del inmueble. Para ello debe existir un reporte, y el Ayuntamiento tiene tiempos legalmente establecidos para actuar en consecuencia.
-Cuando exista un reporte por parte de la comunidad sobre emergencias, faltas y delitos vinculados con un lote baldío, deberá ser atendido en un lapso no mayor a 15 días.
-Cuando se encuentre un plantel educativo de cualquier nivel escolar o biblioteca pública en la zona urbana, en un lapso no mayor a 30 días naturales.
-Cuando se encuentre infraestructura de Salud en la zona urbana, en un lapso no mayor a 60 días.
-Cuando se encuentre infraestructura deportiva y juegos infantiles en la zona urbana, en un lapso no mayor a 90 días.
-Cuando se encuentren monumentos históricos en la zona urbana, en un lapso no mayor a 120.
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