CANCÚN, Q.Roo (El Universal).— Antes de que Rogelio Jiménez Pons fuese relevado del cargo como director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), su equipo alcanzó a solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) un permiso provisional para iniciar las obras del Tramo 5 del Tren Maya, de Cancún a Tulum.
El permiso provisional permite el inicio de obras sin contar con la autorización de impacto ambiental, y el cambio de uso de suelo en terrenos forestales que mandata la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA); sin embargo, se refiere a un trazo distinto, previo al modificado en este año.
El documento, consultado por El Universal, tiene vigencia de un año, fue solicitado desde el 30 de noviembre del 2021 por Fonatur; se expidió el siete de diciembre por la Semarnat, y se notificó al día siguiente mediante oficio SGPA/ DGIRA/ DG-05891-21.
Está dirigido a Juan Javier Carrillo Sosa, entonces representante legal del Fonatur-Tren Maya, y fue firmado por el titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (Dgira), Juan Manuel Torres Burgos.
El proyecto para el cual se solicitó ese permiso abarca la construcción y operación de infraestructura ferroviaria y obras complementarias a partir del Aeropuerto Internacional de Cancún y hasta Tulum, a lo largo de 113.11 kilómetros, contemplando 28 estructuras para pasos vehiculares y seis estaciones en Puerto Morelos, Playa del Carmen, Xcaret, Puerto Aventuras, Akumal y Tulum.
Las actividades enlistadas para el tramo 5 van desde la elaboración de estudios previos de factibilidad, como de mecánica de suelos, topografía e hidrológicos, pasando por trabajos de preparación del sitio como aplicación de programas de rescate y reubicación de flora y fauna; desmonte de áreas con vegetación, despalme, relleno, nivelación y compactación y las obras de construcción.
El Fonatur reconoció entre los impactos la “afectación de estructuras kársticas (cenotes, rejolladas, pozos, cuevas, grutas y cavernas) por la realización de obras, así como su contaminación”, aunque sólo por residuos sólidos y líquidos, debido a su probable mal manejo y disposición, por lo que propone acciones de protección a cenotes, delimitación, desviaciones y hasta concientizar al personal.
También admitió que se resentirá “la disminución de cobertura vegetal por actividades de cambio de uso del suelo y la disminución de abundancia y diversidad de especies”, que serán compensadas con un Programa de Conservación de Suelos y Reforestación”, además de un rescate y reubicación de especies de flora silvestre, que no se ha visto en los trabajos.
Se reconoce además “la disminución de hábitats y modificación de patrones de movilidad de individuos de fauna, derivado de las actividades de desmonte de vegetación”, y el desplazamiento de los mismos por los trabajos de preparación del sitio y la propia construcción, aunado al incremento de los “índices de atropellamiento” de la fauna, en distintas etapas del proyecto, lo que incluye afectaciones a corredores biológicos.
Para amortiguar esos impactos se propuso la construcción de 40 pasos de fauna que “impulsen la conectividad” de mamíferos, reptiles, anfibios y aves; la ejecución del programa de un grupo de atención a ejemplares de especies endémicas, rescatados en la zona de influencia del Tren Maya, en coordinación con “el convenio fundación de jaguares” y hasta la colocación de carteles dirigidos al personal de las obras, para no dañar a la fauna silvestre, entre otra decena de medidas.
VICIADO DE ORIGEN
La anuencia provisional otorgada por Semarnat tiene como base el acuerdo emitido el 22 de noviembre por el presidente López Obrador, que declaró “de interés público y seguridad nacional”, proyectos y obras a cargo del Gobierno de México.
A través de ese acuerdo, se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal a otorgar “la autorización provisional” a la presentación y obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras correspondientes.
Se establece además, que si la autoridad a la cual se le solicitó el permiso provisional no responde en cinco días, se entenderá que su respuesta fue en sentido positivo.
El acuerdo presidencial en materia de litigio, al ser probablemente inconstitucional, bajo el argumento de que el Mandatario federal pudo haberse extralimitado en sus atribuciones, al carecer de facultades para modificar leyes, imponer plazos legales competencia del Congreso de la Unión y violentar el Procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental (PEIA) consignado en la Lgeepa y en su Reglamento.
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