Víctor Collí Ek
Litigio climático
El cambio climático está revolucionando todo en nuestro planeta y las graves afectaciones a la vida de las personas están logrando modificaciones en las formas en que vemos muchas dimensiones de lo social, en este caso, en la forma en que se desarrolla y se concibe la búsqueda de justicia.
Dentro de esa evolución vemos que el el litigio climático ha llegado a la Corte Europea de Derechos Humanos —Corte EDH— y los asuntos han sido tomados con gran interés e importancia. Los tres asuntos analizados y resueltos en los meses que vienen, fueron dejados para la Gran Cámara, la instancia más alta.
De los elementos de los casos vemos la evolución de la dinámica del litigio climático, en los temas como: relación entre interés y afectación para la procedencia de la justicia; identificación de derechos afectados —vida privada, familiar, hogar, niñez, no discriminación—; el uso de normas internacionales.
Caso 1: Verein Klima Seniorinnen Schweiz y otros contra Suiza. Los dos demandantes: una asociación suiza para prevención del cambio climático y cuyos miembros son mujeres de alrededor de 73 años; y, cuatro mujeres mayores (entre 78 y 89) que se quejaban de problemas de salud, que se agravan durante olas de calor.
Alegaban que las autoridades suizas fallan en la adopción de medidas para protección del clima, por lo que solicitaban adoptar medidas concretas y cumplir con las metas del Acuerdo de París.
La respuesta de las autoridades nacionales fue negativa. En primer lugar porque no podían ser consideradas víctimas, al no ser afectadas individualmente en sus derechos. Otro argumento fue que las mujeres de 75 años no eran el único grupo afectado por el cambio climático. O igualmente, en general, no habían sido suficientemente afectadas en las fallas de las políticas nacionales.
El recurso a la Corte EDH fue sobre el argumento del respeto de los principios de precaución y equidad intergeneracional del derecho ambiental.
Caso 2: Carême contra Francia. El demandante, Damien Carême, francés nacido en 1960 y residente en Grande-Synthe, en la costa del Canal de la Mancha, Francia, Municipio del que fue alcalde.
Por sí mismo y como alcalde, remitió solicitudes al Presidente francés, al primer ministro y al ministro para la transición ecológica y la solidaridad, pidiéndoles tomar cualquier medida adecuada para revertir el aumento de gases efecto invernadero producidos en territorio francés.
Al no recibir respuesta solicitó al Consejo de Estado francés su intervención. El Consejo expuso que si bien Damien no tenia interés en el caso, sí reconoció interés a la municipalidad, ya que por su posición geográfica se encontraba altamente expuesta a efectos negativos del cambio climático. Indicó al Gobierno, entre otras cosas, que se cumpliera con 40% de reducción atendiendo al Acuerdo de Paris.
Aunque eran buenas noticias, solicitó interviniera la Corte EDH, porque el Consejo no reconoció su interés personal y por tanto su afectación frente al cambio climático.
Caso 3: Duarte Agostinho y otros contra Portugal y otros. Los demandantes son nacionales portugueses entre 10 y 23 años. Argumentan que los incendios forestales sucedidos en Portugal cada año desde 2017, son resultado directo del calentamiento global.
Se ha traducido en trastornos del sueño, alergias y problemas respiratorios. Igualmente indican que la perturbación del clima está provocando tormentas muy fuertes en invierno y sostienen que su casa, que está situada cerca del mar en Lisboa, corre el riesgo potencial de sufrir daños a causa de las tormentas. Otro elemento es la violación al principio de no discriminación, porque su generación se afecta de una manera muy particular dadas sus expectativas de vida.
(*) Investigador de la Universidad Autónoma de Campeche.
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