Será en la segunda semana de agosto
El Congreso del Estado aprobó modificar la Constitución Política, la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para que la gobernadora Layda Elena Sansores San Román rinda su informe anual en la segunda semana del mes de agosto de cada año, y no el día siete como estaba previsto, pues coincidía con su cumpleaños.
Durante la doceava sesión ordinaria, los diputados de los partidos Morena, PRI, PAN y MOCI avalaron por unanimidad esta iniciativa promovida por los legisladores morenistas, Alejandro Gómez Cazarín y Jorge Luis López Gamboa, al capricho a la mandataria estatal.
Se emitieron dos minutas de decreto que habrán de expedirse una vez concluidas las formalidades de ley, es decir, que los 13 Ayuntamientos, como miembros del Poder Revisor de la Constitución Política de la Entidad, externen su decisión sobre dichas modificaciones.
La primera, con la que se reforma el artículo 43 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 72 de la Carta Magna, para que Sansores San Román asista a la apertura de sesiones ordinarias y extraordinarias del Congreso local.
Asimismo, la gobernadora u otra persona que designe, deberá presentar su informe por escrito y en formato digital sobre el estado general que guarde la administración pública de la entidad, que podrá abarcar las actividades realizadas hasta por dos años.
Mientras que el Congreso local, a través de las comisiones, analizarán el informe, y posteriormente los secretarios y el fiscal General del Estado (Fgecam), comparecerán ante los diputados, quienes podrán solicitar a la gobernadora ampliar la información por escrito, y será respondida por los titulares de las dependencias, en un plazo no mayor a 15 días.
La segunda minuta, con la que se adiciona un último párrafo al artículo 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, establece que las y los titulares de las secretarías y dependencias comparecerán bajo protesta de decir verdad ante el Congreso.
Previamente, se aprobó reformar la fracción VIII del artículo 13 y adicionar el artículo 72 Bis y la fracción VII Bis al artículo 73, todos de la Ley que Establece el Sistema de Justicia para las Víctimas del Estado, a fin de salvaguardar el derecho de las víctimas que no comprenden el idioma español o que tienen discapacidad auditiva, verbal o visual, de acceder y participar de forma activa en la defensa de sus derechos fundamentales.
De igual manera, fue aprobado reformar la fracción IX del artículo 5 y la fracción XII del artículo 6 de la Ley de Salud para el Estado, para incorporar medidas orientadas a la prevención y difusión de información relacionada con la salud bucodental y la práctica de hábitos de higiene dental en las niñas y niños de nuestro Estado.
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