Pese a las argucias jurídicas del Gobierno del Estado, el Juzgado Primero de Distrito declaró procedente los actos reclamados en el amparo promovido por integrantes del Movimiento por la Liberación Democrática Social (Lidesol).
Lo anterior, para que el Estado garantice a la población la distribución agua purificada o potabilizada adecuada, suficiente y de calidad para el consumo.
El presidente de la agrupación, Luis Humberto Gutiérrez Ramírez, explicó que la audiencia incidental se había retrasado, debido a que el Gobierno del Estado interpuso queja.
“El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente, y es condición previa para la realización de otros derechos humanos”.
“Incluso el artículo 34 constitucional señala que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.
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