DIJERON A PADRES DE FAMILIA QUE ACOSO DE MAESTRO NO CONFIGURA DELITO
Pese a que una de las estudiantes del Centro de Bachillerato Tecnológico, Industrial y de Servicios (Cbtis) número 9 está en crisis nerviosa porque el docente acusado de presunto acoso sexual se propasó con ella, en la procuraduría del Centro de Justicia para la Mujer (CJM) les dijeron a los padres de familia que acudieron a interponer la denuncia que no proceden los cargos, pues no se configura un delito.
Entrevistados bajo el anonimato para que sus hijas no tuvieran represalias dentro del plantel, explicaron que les expusieron en la procuraduría que existe un calendario que detalla qué es delito y qué no, por lo que están enojados por la indiferencia de las autoridades estatales.
Además de que eso viene a reforzar los señalamientos de las alumnas acosadas en el sentido de que el maestro les advirtió que hagan lo que hagan, a él no le podían afectar en nada porque está protegido.
“Esa persona va a seguir trabajando, a seguir acosando a las niñas, y ellas no quieren ir porque, además, la directora Zurysaddai Alejandro Mayo, los maestros que están a favor de ella y del intendente, también las están hostigando y no quieren denunciar por temor. ¿A quién podemos recurrir para que nos puedan hacer caso? Porque si las instituciones no nos apoyan, entonces no sabemos a qué instancia ir”, lamentaron.
E indicaron que ni a la niña más afectada le hacen caso a su denuncia, y ahora ya suman 27 quejosas, e incluso hay alumnas que en años anteriores se han dado de baja de la institución, porque no soportaban los acosos del docente.
“A mi hija ese maestro la jaló al baño, para quién sabe qué cosa hacerle, pero afortunadamente no lo hizo, pero al final de cuentas la tocó. Es personal de confianza de la directora y lo está protegiendo, esa persona sigue laborando sin que se le haga nada, y por lo que nos han dicho aquí, tampoco se le hará nada”, reprocharon.
Cabe señalar que por la mañana se había convocado a una manifestación afuera del plantel, pero al parecer por miedo a represalias desistieron de hacerla.
CASTIGO
De acuerdo al Código Penal del Estado de Campeche, en el artículo 167 indica que: “Al que con fines sexuales asedie a una persona, a pesar de su oposición manifiesta, se le impondrán de tres meses a dos años de prisión, y multa de 50 a 200 días de salario”.
Y cuando el asedio lo realice el agente valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes o cualquier otra que implique una relación de subordinación, se le impondrán de uno a tres años de prisión, y multa de 100 a 300 días de salario.
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