El Partido del Trabajo y el abogado laboral Carlos Manuel Serrano Flores rechazaron la reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para incorporar el concepto de “Cobranza Delegada”, con la que se revive la “tienda de raya” del Porfiriato, para que antes de que se pague el salario de los obreros, se les descuenten sus deudas.
Luego de que la Cámara de Diputados aprobara esta modificación, con la que el patrón privilegiará el pago directo a las empresas financieras y el sueldo sobrante se le dará al empleado, Serrano Flores sostuvo que esa determinación del Gobierno de la 4T violenta los derechos de los trabajadores y las normas protectoras del salario, al puro estilo de la vieja política neoliberal.
El Partido del Trabajo, que es una de las organizaciones políticas que abiertamente respaldan al Gobierno de la 4T, expuso que “se oponen rotundamente a tal medida, porque el Estado, el Poder Legislativo, ya no está y nunca debe estar al servicio de intereses privados, de grandes poderosos. Celebro que en el Senado se detuvo está iniciativa”, señaló.
Serrano Flores lamentó estas decisiones, ya que además será necesario hacer la modificación a los contratos laborales, en que el trabajador especifique el porcentaje que desea que le sea retenido de su salario, ya que a diferencia de los préstamos de nómica o los montos que pagan por un crédito de vivienda, que no rebasa el 30 por ciento, la “Cobranza Delegada” podría dejarlos en ceros.
Por ello, consideró que esta reforma es muy desafortunada, ya que el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo es claro en cuanto a que los descuentos a los salarios a los trabajadores están prohibidos, y afectará a las familias el hecho de que el empleador privilegie estos pagos antes de garantizar que su personal reciba un salario digno.
El nuevo concepto implica que la fuente de pago de los créditos sea el salario del trabajador, y que al momento de solicitar un crédito de nómina firme un convenio de cumplimiento de pago con la institución crediticia, y el patrón quedará con ello obligado a disponer de su suelto.
Con la “Cobranza Delegada” además no se estaría garantizando el respeto al derecho humano a un trabajo digno y de protección a la familia, ya que recordó que el trabajador no es una persona individual sino todo lo que depende de él, es decir, esposa e hijos, o padres y hermanos, pues el trabajo debe ser remunerador y suficiente.
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