CIUDAD DE MÉXICO.— El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad que el comunicado titulado “Gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” constituyó propaganda gubernamental, difundida en el periodo prohibido de la revocación de mandato, así como promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
La gobernadora de Campeche, Layda Elena Sansores San Román, suscribió ese comunicado, por lo que le es aplicable el procedimiento sancionador, que no se adelantó a cuánto ascendería en numerario.
Esta decisión deriva de las quejas presentadas por los partidos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y diversas personas contra la jefa de Gobierno de la Ciudad de México y los titulares de 17 gubernaturas, por difundir en sus cuentas de Twitter y Facebook un comunicado en apoyo al Presidente de la República. Ello, al considerar que vulneraron las reglas aplicables a la revocación de mandato.
En su oportunidad, la Sala Regional Especializada determinó que lo anterior constituyó difusión de propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos (SRE-PSC-90/2022). Contra esta decisión se presentaron diversos medios de impugnación.
A propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, en sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior determinó la procedencia del procedimiento especial sancionador. Contrario a lo sostenido por la parte recurrente, este procedimiento sí es la vía para conocer las posibles infracciones cometidas durante el proceso de revocación del presidente electo para el periodo 2018-2024.
En el comunicado denunciado, los servidores públicos exaltaron logros del Presidente y se hizo referencia a diversos programas y acciones de su Gobierno, lo que actualiza los elementos de la infracción indicada. Además, no se requiere el uso de recursos públicos o símbolos del Gobierno para que exista la infracción.
También se incurrió en promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad, pues el comunicado contiene el nombre y cargo del Presidente y se le asocian positiva y benéficamente diversas obras y programas. También se incurrió en uso indebido de recursos públicos en los casos de Nayarit, Sonora y San Luis Potosí, pero no se acreditó para el resto de las gubernaturas.
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