NO SE PUEDE VULNERAR SU AUTONOMÍA, AFIRMA PEDRO ARMENTÍA LÓPEZ
Con votación unánime, los grupos parlamentarios de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhortaron al Congreso del Estado de Campeche a vigilar el adecuado proceso legislativo relativo al principio de autonomía de la Universidad Autónoma del Carmen (Unacar), dio a conocer el diputado federal Pedro Armentía López, y recalcó que, para cualquier reforma a las leyes orgánicas de las universidades, la comunidad debe ser consultada y llegar a consenso.
A través de sus redes sociales, el legislador por Campeche de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), señaló que “con votación unánime, todos los grupos parlamentarios de la Comisión Permanente coincidimos en que no se puede vulnerar la autonomía de la Unacar”.
La Comisión Permanente aprobó hoy el exhorto que hice al Congreso de Campeche, para vigilar el adecuado proceso legislativo relativo al principio de autonomía universitaria de la Universidad Autónoma del Carmen, explicó.
El también coordinador de los diputados federales por Campeche subrayó que “logramos que se respete lo relativo a la fracción VII de la Constitución y de las leyes que emanan de esta fracción, para proteger su autonomía. A la comunidad universitaria de la Unacar le expreso mi respeto y admiración, y no permitiré que pongan en riesgo su autonomía. Cuentan conmigo para hacer valer sus derechos”.
En el dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia, respecto a la proposición con Punto de Acuerdo, se manifiesta como único acuerdo que “la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de Campeche, a vigilar el adecuado proceso legislativo relativo al principio de autonomía universitaria de la Universidad Autónoma del Carmen (Unacar)”.
La Comisión Dictaminadora coincidió con el pronunciamiento de Armentía López, en el sentido de que es necesario tener en consideración lo expuesto en el artículo 2 de la Ley General de Educación Superior, que indica:
“Las universidades e instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, contarán con todas la facultades y garantías institucionales que se establecen en la fracción VII del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se regirán por sus respectivas leyes orgánicas, la normatividad que deriva de éstas y en lo que resulte compatible, por las disposiciones de la presente ley”.
“Además, los procesos legislativos relativos con sus leyes orgánicas, en todo momento respetarán de manera irrestricta las facultades y garantías a las que se refiere el párrafo anterior, por lo que no podrá menoscabar la facultad y responsabilidad de las universidades e instituciones de educación superior autónomas”, mencionó el legislador al exponer la gaceta publicada.
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