Tribunal Federal confirma que usó indebidamente recursos públicos y violó leyes electorales
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Especializada del pasado 7 de diciembre de 2023, la cual fue impugnada erróneamente por la gobernadora Layda Elena Sansores San Román y su compadre Juan Manuel Herrera Real, por conducto de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, a través del recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador SUP-REP-685/2023 y acumulados.
El proyecto expuesto por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña y que fue aprobado por unanimidad por los magistrados de la Sala Superior en la sesión del pasado 27 de diciembre de 2023, resolvió que la sentencia de la Sala Regional fue congruente, exhaustiva y emitida conforme a derecho.
Así, el TEPJF confirma que Layda Sansores usó indebidamente recursos públicos y vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, con la difusión del programa “Martes del Jaguar”, transmitido el pasado 25 de julio de 2023.
Lo anterior es así, porque las expresiones realizadas por Layda Sansores y por Juan Manuel Herrera Real tuvieron la intención de llamar a votar por Morena, en detrimento de la oposición, y particularmente del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
En su momento la Sala Especializada del TEPJF determinó, y ese resolutivo fue ratificado, que “sí se invirtieron recursos materiales y humanos para producir el proyecto y difundirlo, además, es cierto que las cuentas de redes sociales en las que se difundió son manejadas por la gobernadora. Sin embargo, se trata de páginas en las que se difunden contenidos asociados a su cargo, por lo cual le son oponibles las mismas exigencias que impone el deber de actuar imparcialmente en el uso indebido de recursos públicos.
También se determinó que si bien son inexistentes los actos anticipados de precampaña y campaña, porque no se cumplen los elementos para esta falta, sí es existente la vulneración a principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda y el uso indebido de recursos públicos.
Por eso ordenaron dar vista al Congreso de Campeche para que determine la sanción correspondiente a la gobernadora y al titular de Comunicación Social del Gobierno Estatal, para que sancione a Juan Manuel Herrera, director de servicios de Comunicación Social, por su participación en el programa y las expresiones que también emitió. Como en todas las sentencias, se ratificó que ambos servidores públicos serán inscritos en la lista de personas sancionadas en materia electoral.
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