El Juzgado Primero de Distrito en Campeche desechó un nuevo amparo promovido por el empresario, Hugo Juárez Lara, en contra de la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado (Profepa), quien clausuró y ordenó el retiro de la propiedad, la cual forma parte de varias casas de playas asentadas sobre las vías federales.
De acuerdo con el expediente 56/2022, publicado en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal, el recurso de amparo fue desechado por el juzgado, al considera que se presentó de manera extemporánea.
En el documento se detalla que el recurso de amparo, fue presentado por Juárez Lara, el 14 de enero de 2022 en contra de la orden de ejecutar clausura y desposesión de propiedad de predio rústico ubicado en la carretera federal 180, “colonia sin nombre, zona 8, sector 01, manzana 003, lote 001 de Ciudad del Carmen, Campeche, que aduce la parte quejosa ser de su propiedad”.
De la propia demanda de amparo se advierte, que el solicitante —Hugo Juárez— del amparo manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que tuvo conocimiento del aludido acto reclamado, el 10 de diciembre de 2021, explica el juez, al referirse al tiempo que tuvo el demandante para inconformarse.
En el documento se señala, que el término de 15 días para la presentación del recurso de amparo, empezó a correrse a partir del día hábil siguiente al que tuvo conocimiento de la existencia de la orden de clausura y desposesión del predio, fecha desde la cual –Hugo Juárez— estuvo en la posibilidad de hacer valer su defensa y promover el juicio.
El juzgador explica que este término, se encontraba comprendido del 13 al 31 de diciembre, sin considerar los días que se consideran inhábiles, según la amplia síntesis de este amparo, que es solo uno de varios que presentó en contra de algunas dependencias federales.
“En este contexto, si la demanda de amparo se presentó, vía buzón judicial, hasta el catorce de enero de dos mil veintidós, según sello fechador estampado en la demanda inicial de amparo y validado por la Oficina de Correspondencia Común de los juzgados de Distrito, es evidente que fue presentada extemporáneamente, lo que trae como consecuencia, la actualización de la causa de improcedencia”, aclaró el magistrado.
Concluye el documento que señala que con apoyo en el artículo 113 de la ley reglamentaria del juicio de garantías, al advertirse de manera manifiesta e indudable la aludida causal de improcedencia, se desecha de plano la demanda de amparo planteada.
De esa manera, se da un duro revés al empresario Hugo Juárez Lara, en su pretensión de mantener la propiedad de un predio, que se ubica la franja costera a un costado de la carretera federal 180, tramo Ciudad del Carmen-Isla Aguada, que de acuerdo con las autoridades federales, violentó diversas disposiciones legales.
Sin embargo, están pendientes las quejas que presentó contra la Semarnat, las cuales se desahogan en otro Juzgado de Distrito en Campeche, donde esta autoridad ya rindió su informe respectivo, acerca del predio que alega Juárez Lara ser de su propiedad.
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