El juez tercero de Distrito con sede en Carmen, José Elías Pacheco Martínez, negó la suspensión definitiva en la solicitud de amparo promovido por la senadora morenista Rocío Adriana Abreu Artiñano, en un pleito civil que mantiene con el empresario favorito de la administración pasada, Atilano Miguel Sánchez.
El pleito legal entre el privilegiado constructor contra la exdiputada federal, proviene de una resolución a favor de “Tilo Miguel” que le otorgó la Sala Mixta del Tribunal Superior de Justicia del Estado en Ciudad Carmen.
De acuerdo con el expediente 65/2022 del Juzgado Tercero de Distrito, publicado en el portal de Consejo de la Judicatura Federal, el pasado 21 de marzo el juez resolvió: “Se niega la suspensión definitiva solicitada por Julio Antonio Barrancos Lanz, en su carácter de apoderado legal de Rocío Adriana Abreu Artiñano, contra actos de la autoridad mencionada”.
Cabe destacar, que este pleito entre la senadora Abreu Artiñano y el constructor Atilano Miguel, deriva del juicio ordinario civil reivindicatorio bajo el numeral 146/20-2021/1C-II.
Previamente, el 8 del mismo mes, un juez le negó a Rocío Abreu la suspensión provisional de los actos reclamados, porque si los otorgaba tendría efecto restitutorio de la sentencia emitida por la Sala Mixta en Carmen.
“Se niega la suspensión provisional solicitada, respecto al acto reclamado por la parte quejosa, consistente en el auto de 3 de marzo de dos mil veintidós, dictado por la Sala Mixta de Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche, del Segundo Distrito Judicial, con sede en esta ciudad, que determinó la inadmisión del recurso de apelación interpuesto por el promovente de la parte quejosa”.
“Lo que se traduce que es un acto de naturaleza negativa, y por tanto es improcedente la suspensión que solicita, pues de concederse la medida suspensional solicitada tendría efectos restitutorios, lo cual sólo es materia de la sentencia que resuelva el fondo del negocio”, se lee en la resolución.
Además, en la resolución parcial el juzgador considera que el acto reclamado es de carácter negativo, pues de lo contrario equivaldría a restituir a la parte quejosa el goce de las garantías individuales que estima violadas en su perjuicio con el acuerdo reclamado.
Hasta ahora, ni la senadora morenista Abreu Artiñano, ni el empresario de la construcción Miguel Sánchez, han dado a conocer los motivos de este pleito civil, ni su posicionamiento en torno a la negativa de amparo dictaminada por el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Carmen.
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