Reglamento de Vialidad contraviene artículos 14 y 16
El Reglamento de Vialidad contraviene los artículos 14 y 16 de la Constitución Política y genera serio conflicto entre la autoridad policíaca y los ciudadanos, a quienes se les aseguran sus unidades por no contar con la documentación al día, a pesar de que la ley señala que nadie puede ser privado de su libertad, posesiones y dominio, sostuvo el presidente del Colegio de la Barra de Licenciados en Derecho, Manuel Iris Balán.
El Reglamento permite llevar al corralón automóvil o motocicleta en los filtros policiacos, de los propietarios con tarjeta de circulación o licencia vencidas o no acrediten la legítima propiedad, y la Constitución dice otra cosa.
La autoridad detiene las unidades para mejorar la recaudación, y lesiona a los ciudadanos, ya que en el caso específico de los filtros de alcoholemia, a quien conduce ebrio se le debe impedir continuar circulando por los riesgos que implica, pero de haber otra persona que pudiera actuar como conductor designado, se les debe permitir seguir su camino y no necesariamente llevar a los separos a la persona que ingirió bebidas embriagantes.
Es pertinente revisar esta situación, porque lo primero que el ciudadano señala es que la Constitución dice que los elementos policiacos no tienen derecho a retirar sus unidades por no contar con la documentación que le requieren.
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