Que la Policía Estatal Preventiva (PEP) ejerza las funciones de vialidad y tránsito en la entidad para detener, infraccionar, retener y asegurar a personas y vehículos, bajo el mando de la secretaria de Protección y Seguridad Ciudadana (SPSC), la guanajuatense Marcela Muñoz Martínez, propone el diputado local morenista, el veracruzano Alejandro Gómez Cazarín.
De acuerdo con su iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular del Estado, y derogar la fracción III del segundo párrafo del artículo 63 de la Ley de Seguridad Pública Estatal, desaparecería la Coordinación General de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte del Estado, y se transformaría en una unidad administrativa.
Y es que alega que ya no está cumpliendo con los objetivos específicos que le dieron razón de ser, pues su función de seguridad fue absorbida por la SPSC, y en la de vialidad y transporte ha quedado rebasada, “lo que complica la seguridad de peatones y vehículos que circulan cotidianamente en nuestras ciudades y caminos”.
El legislador veracruzano sugiere que, en caso de las atribuciones del Estado en materia de vialidad y tránsito que sean competencia estatal, o cuando este preste el servicio público de tránsito derivado de convenios con los Municipios, sean policías estatales quienes asuman estas atribuciones.
Justifica su fundamento en la fracción II del artículo 75 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que se replica en la fracción I del artículo 101 de la Ley de Seguridad Pública del Estado.
Sostiene que existen en Campeche mil 159 elementos de la PEP, 107 de Tránsito y Vialidad y 603 policías municipales, con lo que se tendrían mil 869 agentes realizando funciones de vigilancia.
Por ello, plantea que sea Muñoz Martínez quien coordine y ejerza el mando de la Policía Estatal quien, junto a los cuerpos municipales —según el artículo 51— podrán detener vehículos cuando su conductor cometa alguna infracción.
Y, según el artículo 52, podrán retirarlos de circulación y asegurarlos en los depósitos vehiculares para evitar afectación al orden público e interés social.
De igual manera, la fracción I indica que la PEP podrá retener a un conductor si su comportamiento es de agresividad física o verbal hacia los elementos, y si la infracción da lugar a un delito, será puesto a disposición del Ministerio Público.
Mientras que el artículo 130 propone que las infracciones en materia de tránsito y control vehicular sean sancionadas por la Policía Estatal o Municipal, dependiendo de su gravedad.
“Tratándose de sanciones consistentes en la amonestación, retiro de la circulación de vehículos e imposición de sanciones económicas, serán impuestas por las y los policías estatales y los cuerpos municipales de Policía de Tránsito que conozcan de las infracciones que den lugar a su imposición”, subraya Gómez Cazarín en su iniciativa de ley, con la que arreciaría la cacería de automovilistas y motociclistas por parte de la guanajuatense Muñoz Martínez.
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