Víctor Collí Ek
Con 17 años, en diciembre de 2013, Yonathan Mendoza Berrospe fue golpeado y esposado en su casa en la ciudad de Veracruz, para posteriormente ser subido a una camioneta suburban negra. Esto sucedió por la acción violenta de un grupo de alrededor de seis hombres.
Los individuos llevaban armas de fuego, pasamontañas, botas de policía y chalecos antibalas con la palabra “policía” escrita en la parte delantera y trasera. Afuera de la casa había más de una decena de personas, quienes participaban en lo que parecía una operación de seguridad.
De acuerdo con varios testigos, los perpetradores entraron y salieron en varios vehí- culos, algunos pertenecientes a la Policía Naval que depende de la Secretaría de Marina, y otros a la Policía Estatal de Veracruz.
Cuando la familia de Yonathan acudió al centro de detención de la Policía Naval en Playa Linda buscándolo, lograron ver algunos de los vehículos que habían participado en su desaparición. Poco después se presentó una denuncia ante las autoridades fiscales del estado e igualmente se interpuso un amparo ante un juzgado de distrito de Veracruz, impugnando la detención secreta e ilegal.
En junio de 2015, fue archivado el amparo tras no recibir información sobre la desaparición de Yonathan por parte de las fuerzas de seguridad ni de las autoridades fiscales locales, estatales y federales.
Tanto la investigación a nivel estatal como la federal no lograron localizar su paradero, ni tampoco llevaron a los responsables ante la justicia. La madre de Yonathan decidió elevar el caso al Comité de contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas en julio de 2021, poco después del reconocimiento de México para examinar denuncias individuales sobre este tema.
Estos son los hechos analizados en este caso que resulta ser el primero que el Comité de ONU emite contra nuestro país, subrayando que no se cumplió con la obligación de investigar la desaparición de este menor de edad.
Fue una desaparición forzada, porque esta se da cuando se priva de la libertad a una persona por agentes del Estado o personas que actúan con su autorización, apoyo o aquiescencia. Igualmente se configura cuando se niega a reconocer la privación de la libertad o se oculta el paradero de la persona.
No se integró un plan de acción y un cronograma para la búsqueda exhaustiva del menor, que debe ser evaluado periódicamente y cumplir con los requisitos de debida diligencia, para todas las etapas del proceso y para garantizar la competencia e independencia de los agentes encargados de realizarlo.
Debe de ser un proceso diseñado a las particularidades de la persona buscada. Esto no se cumplió por parte de México. Ha habido un retraso fundamental en el desarrollo del proceso y sólo ha sido aplicado de manera formal, sin implicaciones fácticas efectivas. El juicio de amparo no fue efectivo.
Todo esto ha llevado a un desconocimiento de las circunstancias en las que se dio la desaparición y paradero de Yonathan a más de nueve años de los hechos, generando una falta de justicia para la familia y la sociedad.
Esto último es un desarrollo reciente, el Derecho Internacional de los DDHH evidencia ya la existencia de un derecho colectivo de la sociedad a conocer la verdad: por su efecto preventivo, para evitar la ocurrencia futura de más hechos, por su efecto disuasivo en futuros perpetuadores, por su contribución a una reconstrucción moral de la sociedad, generación de empatía de la sociedad con las víctimas que evita estigmas sociales, la construcción de una memoria colectiva.
Más historias
Muerde a los de casa
CALAVERITA: MIENTE, INSULTA Y SOBAJA
EN LAS TRIPAS DEL JAGUAR: 22 NOVIEMBRE 2024