Sergio García Ramírez
Además de la feria de las corcholatas, otros temas deben ocuparnos. Trataré uno de ellos: las Normas Oficiales Mexicanas. Formé parte del primer consejo de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, instalada por Juan Ramón de la Fuente, entonces secretario de Salud, y dirigida por Héctor Fernández Varela, médico y funcionario competente. Esta tarea, asociada a mi interés por la relación entre el Derecho y la Medicina —profesionales de “bata blanca” y de “toga negra”—, sustentó mi libro La responsabilidad penal del médico (Porrúa, 2006) y otros textos.
Los ingentes problemas en el sector salud durante los últimos años han suscitado reflexiones, críticas y propuestas desde las filas de los profesionales de la Medicina. No se trata de cuestiones académicas, sino de hechos muy graves, golpes que la Nación ha recibido en ese sector. La peor parte la llevan los más débiles, que enfrentan antiguos o novedosos padecimientos, como el Covid-19. La errónea atención de la pandemia, denunciada por expertos de primer nivel, favoreció los dolorosos resultados que deploramos.
El Seguro Popular, que había iniciado una operación benéfica, fue sustituido por el Instituto para la Protección de la Salud y el Bienestar (Insabi), cuyo fracaso determinó la aparición de otro mecanismo: IMSSBienestar. En estas andanzas políticas y administrativas quedó atrapada, para su infortunio, la salud de millones de mexicanos. En los últimos días se agregó otro tema a los males que nos asedian: la supresión de un buen número de Normas Oficiales Mexicanas, muchas de ellas relevantes para la atención de la salud, desechadas sin explicación satisfactoria.
Vale recordar a quienes se interesan en esta materia —que debiéramos ser todos— que las Normas Oficiales establecen las exigencias técnicas de observancia obligatoria aplicables a la producción y aplicación de numerosos productos, procesos o servicios (artículo 4, fracción XVI, de la Ley de Infraestructura de la Calidad, emitida en julio de 2022). Entre aquéllos figuran varios relativos a la prestación de servicios médicos relacionados con enfermedades de difícil y costoso tratamiento (cáncer, entre ellas), que inciden severamente en el bienestar y la vida de millones de compatriotas.
La atención médica se halla regulada en la Ley General de Salud, que fija el derecho de los usuarios de los servicios —que también somos todos— a beneficiarse con “prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir asistencia profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares” del sistema de salud (artículo 51). En suma, atención sujeta a la ética (laica) y a la técnica. Otros ordenamientos (así, los que regulan el ejercicio de las profesiones) contienen disposiciones semejantes.
Las Normas Oficiales Mexicanas rigen los aspectos técnicos de esta materia. Constituyen mandamientos para el buen desempeño de organismos y profesionales públicos y privados, y garantías para las personas — sin distinción alguna— que requieren servicios de salud.
Obviamente, el tema tiene muchas vertientes técnicas que no cabrían en un breve comentario, pero en todo caso es indispensable llamar la atención de prestadores y usuarios de los servicios de salud sobre el grave —gravísimo— riesgo que representa la supresión de Normas Oficiales y el abandono de esos servicios al arbitrio de sus prestadores. De ahí el título de este artículo: otra estocada —entre las muchas que van— a la salud de los mexicanos.
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