El Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) emitió una sentencia declarando extemporáneas las pretensiones del partido Movimiento Ciudadano (MOCI), que había impugnado diversos actos del Consejo Electoral Distrital 01 y del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC). Pedro Estrada Córdova, representante de MOCI, argumentó que el IEEC había vulnerado los principios de certeza, celeridad e imparcialidad al no actuar ni vigilar adecuadamente en la etapa procesal de 58 quejas presentadas por MOCI.
El TEEC, en la resolución del expediente TEEC/14/2024, también declaró parcialmente fundados los agravios de MOCI en cuanto a la omisión del IEEC de dar trámite a varias quejas y de no pronunciarse sobre su solicitud de medidas cautelares. Por lo tanto, ordenó al IEEC pronunciarse de inmediato sobre dichas medidas cautelares.
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