NO DICTÓ MEDIDAS CAUTELARES EN 47 QUEJAS
Al aclarar que el TEEC no puede resolver la responsabilidad de los servidores públicos, el magistrado presidente Javier Ac Ordóñez expuso que de continuar la Junta Directiva del IEEC con su falta de profesionalismo y demora injustificada de pronunciamiento de medidas cautelares, se procederá con medidas de apremio establecidas en la legislación.
Hay que tomar en cuenta –puntualizó–, que hay un asunto importante, toral para este Tribunal: que se evidenció que en 47 expedientillos o quejas, hubo la solicitud de dictar medidas cautelares y no lo hizo el Instituto Electoral.
El catálogo de sanciones va del apercibimiento al auxilio de la fuerza pública, incluyendo multas, y este Tribunal en cada asunto en particular tendrá que resolver lo que corresponda.
Del exhorto por dicha conducta y actuar de los funcionarios del IEEC ante quejas presentadas por representantes de partidos, el magistrado dijo: “Han podido escuchar que en últimas fechas se ha solicitado, por parte de este Tribunal, un llamado al funcionariado o totalidad del Consejo en diferentes asuntos”.
“Hemos requerido, exhortado, solicitado atención, por llamarlo de alguna manera, y también recomendado, y recuerden que el catálogo establecido por la legislación no se agota en un requerimiento, recomendación o exhorto, sino que también gradualmente podrían aplicarse alguna otra de las medidas”.
En la última sentencia emitida por el TEEC, “se exhorta, se les está señalando que si siguen con ese actuar sostenido, pues este Tribunal tiene las atribuciones para aplicar alguna de las medidas de apremio que establece la propia legislación”.
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