De manera inesperada, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) canceló las pensiones por viudez de una mujer de 82 años, dejándola sin el ingreso mensual que utilizaba para cubrir sus gastos. Este hecho ha provocado controversia y dudas sobre los motivos que pueden justificar la suspensión de pensiones por parte del IMSS.
El caso fue difundido por el Consejo de la Judicatura Federal, que detalló que la mujer comenzó a recibir su primera pensión tras enviudar en 1975. Posteriormente, tras la pérdida de su pareja en una relación de concubinato, tramitó y obtuvo una segunda pensión en 2018. Sin embargo, en 2019, el IMSS suspendió ambas pensiones, argumentando que la mujer no podía recibir dos pensiones por viudez, además de exigirle la devolución de más de medio millón de pesos, una suma que la afectada jamás imaginó enfrentar.
La institución justificó la cancelación con base en la Ley del Seguro Social, que establece que la pensión por viudez no es compatible si el beneficiario vuelve a casarse o entra en concubinato. Aunque este argumento tiene fundamento legal, el caso fue llevado ante un juez federal, quien determinó que la medida vulneraba derechos humanos fundamentales, como la seguridad social y la igualdad.
“El impacto de la cancelación de estas pensiones afecta de manera desproporcionada a personas en situación vulnerable, como es el caso de esta mujer de 82 años”, señaló el tribunal. El caso sigue siendo un tema de debate sobre la interpretación de las leyes del IMSS y el derecho a una pensión digna.
Juez revisa cancelación de la pensión
El juez que revisó el caso consideró que la norma aplicada por el IMSS era inconstitucional. Citó un antecedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2023 declaró que las pensiones por viudez no deben cancelarse si el beneficiario elige formar una nueva relación sentimental.
El tribunal ordenó que el IMSS reactive el pago de la pensión inicial, correspondiente al esposo fallecido en 1975. Esta resolución garantiza que la mujer continúe recibiendo el sustento que le permite cubrir sus necesidades básicas.
¿Puedes perder la pensión por viudez si te casas de nuevo?
La SCJN declaró inconstitucional la norma que condiciona la pensión por viudez al estado civil del beneficiario. Según el máximo tribunal, esta medida discrimina y limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El fallo asegura que las personas pueden decidir sobre su vida sentimental sin temor a perder un ingreso vital, destacando que las pensiones son un derecho adquirido, financiado por las contribuciones laborales.
¿Quién puede solicitar una pensión por viudez?
La pensión por viudez está destinada al cónyuge o concubino(a) del asegurado fallecido. Si no hay un cónyuge registrado, puede tramitarla la persona con la que el fallecido convivió durante al menos cinco años o tuvo hijos, siempre que ambos estuvieran libres de matrimonio.
El trámite de la pensión por viudez puede realizarse en la Unidad de Medicina Familiar del IMSS más cercana. Es importante presentar la documentación tanto del trabajador o jubilado asegurado, así como del nuevo beneficiario.
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