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Protege juez a Cabal Peniche y afecta a un extrabajador

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El juez segundo de Distrito con sede en la ciudad de San Francisco de Campeche, Edgar Gasca de la Peña, no acató un fallo del Colegiado de Distrito desde el pasado 12 de enero, en que le dan un plazo de tres días para resolver varios asuntos pendientes del trabajador José Honorio García Zetina en su demanda laboral contra el empresario Carlos Cabal Peniche, y en una decisión inédita, el pasado 11 de abril dictaminó como cumplida la sentencia sin que en los hechos sea así.

El propio García Zetina narró en la redacción de TRIBUNA que tiene más de 13 años en litigio contra el exbanquero Cabal Peniche, quien lo despidió desde 2008 sin las liquidaciones que marca la ley, por lo que lo demandó ante la Junta Local de Conciliación de Arbitraje (JLCA).

Y a pesar de que ha ganado cuatro amparos para que lo liquiden conforme a derecho, tanto las autoridades laborales como las judiciales se han negado a acatar la ley, en afán de proteger al empresario tabasqueño.

El 12 de enero de 2022, un juzgado federal de la Ciudad de México le otorgó un amparo que lo protege por los actos reclamados, y ordena al juez segundo de Distrito de Campeche que en tres días emitiera a la titular de la JLCA una respuesta congruente en su laudo, girar oficio al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que obtenga su pensión, remate dos bienes embargados a Cabal Peniche, uno en Villahermosa y otro en Ciudad del Carmen, y la actualización monetaria de su laudo.

Al transcurrir de los días, le hicieron varias solicitudes al juez sobre el curso que llevaba el caso, y ante el incumplimiento de las autoridades laborales y del IMSS,  el 31 de marzo piden a Gasca de la Peña que dictamine que no se ha cumplido la sentencia, a efecto de no dejarlo en estado de indefensión ante las evasivas y procedimientos ilegales de la autoridad laboral.

Y pide le apliquen las medidas de apremio consistentes en multa por desacato de las autoridades responsables locales, o iniciar la vía de incidente de inejecución, o las que fueran necesarias, y dar vista a la Fiscalía General de la República para la querella respectiva.

Lo sorprendente del caso, narró García Zetina, es que el pasado 11 de abril pidieron cita con el juez para reiterarle la petición de que inicie la multa o procedimiento de inejecución por el desacato de la autoridad local, y fue cuando vieron un cambio en su postura.

Dijo que no era el momento procesal oportuno para iniciar un incidente de inejecución, por lo que pidió que esperen el resolutivo, y realicen las impugnaciones que consideren.

El pasado 12 de abril, poco después de las 17:35 horas, y a escasos minutos de que el Juzgado inicie su receso por Semana Santa, les notificaron que el juez dictaminó que el fallo protector ha quedado totalmente cumplido, a pesar de que no se giró oficio al IMSS, y tampoco se hizo la actualización monetaria del laudo.

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