Tribuna Campeche

Diario Independiente

Justifica mando de SPSC liberación de diputado morenista

Da click para más información

AUNQUE MANEJABA EBRIO, NO LE RETUVIERON CAMIONETA

Haciendo eco al conocido refrán que dice: “A los amigos, justicia y gracia; a los enemigos, la ley a secas”, el director de Tránsito y Vialidad de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana (SPSC), Rafael Miranda Ortiz, justificó la liberación del diputado local por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena), César Andrés González David, quien no pasó la prueba de alcoholimetría.

Aunque aceptó que el legislador se encontraba en estado inconveniente y ya no era apto para conducir, tras ser examinado durante un filtro instalado en el malecón este fin de semana, y la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular establece que ameritaba que su lujosa camioneta fuera llevada al corralón, el funcionario negó que le hayan dado facilidades por ser del mismo partido de la gobernadora Layda Elena Sansores San Román.

Sostuvo que “es completamente falso” que por ser morenista no se le haya aplicado la ley, como sí lo hacen con cualquier otro ciudadano, y defendió a la secretaria del ramo, la guanajuatense Marcela Muñoz Martínez, rechazando que ella diera órdenes a los elementos de la Policía Estatal Preventiva (PEP) para ser “flexibles” con el joven legislador plurinominal.

“El diputado pasa el filtro de alcoholimetría, al igual que todos los ciudadanos que pasan por ellos, se le explica el proceder y aplica la prueba, y una vez que obtuvimos el resultado observamos que ya no era apto para conducir, por lo que se le permite hacer una llamada para que una persona vaya por él y pueda manejar el vehículo, siempre y cuando sea apto”, relató.

Y agregó que momentos después llegó una femenina, la cual también se somete al filtro de alcoholimetría, el cual arroja que es apta para manejar, procediendo a llevarse el vehículo de alrededor de un millón de pesos, y a González David.

“No hay ninguna facilidad para nadie, se le realiza su folio de infracción, y posteriormente se retira, así como se ha estado realizando a lo largo de estos meses con la ciudadanía de igual manera”, insistió.

Sin embargo, Miranda Ortiz evidenció su falta de conocimiento de la ley, pues el artículo 72, fracción V, del Catálogo de Sanciones de la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular, señala que conducir un vehículo bajo los influjos de bebidas alcohólicas o drogas amerita multa de 20 a 50 días de salario mínimo, el retiro de la circulación del vehículo y su remisión a los lugares o depósitos establecidos.

¡Comparte esta nota!
error: Content is protected !!