Tribuna Campeche

Diario Independiente

Ordena INAI al INM informar de muertes violentas de migrantes

Da click para más información

INVEROSÍMIL, RESPUESTA DE DEPENDENCIA A PARTICULAR

CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).— El Instituto Nacional de Migración (INM) debe dar a conocer el número de muertes por violencia en México contra personas migrantes, originarias de países de América Latina, el Caribe y África que hayan atravesado  el territorio nacional para llegar a EU o hayan decidido quedarse a vivir en nuestro país entre 2012 y 2021.

Así lo ordenó el INAI, tras atender el recurso de revisión de un particular, quien pidió esos datos y le fueron negados bajo el argumento de ser “información inexistente”.

Al presentar el tema ante el pleno, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas enfatizó que se trata de información de interés público y advirtió que, al declararla inexistente, “se niega el derecho de acceso a la información establecido en la Constitución y en las leyes, y se quiebra el Estado de Derecho”.

“Tristemente, en un país tan violento como es México, en el que la delincuencia organizada y la desorganizada actúan de manera infame e inmisericorde, todos los días sabemos que, en todas las latitudes de todos los Estados, hay saldos de muerte, salvo algunos Estados que se consideran invictos.

“Tristemente, en un país como el nuestro, con estas características, se antoja absolutamente inverosímil, falaz, que conteste el Instituto Nacional de Migración que no tiene información al respecto”, expuso Acuña Llamas.

Al analizar el caso, el comisionado Acuña Llamas advirtió en su ponencia que el sujeto obligado y sus áreas sí cuentan con atribuciones para conocer de lo requerido.

Por ese motivo, el pleno del INAI revocó la respuesta de Migración y le instruyó entregar los datos sobre las muertes con violencia en México de personas migrantes originarias de países de América Latina, el Caribe y África que hayan atravesado por el territorio nacional para llegar a EU o hayan decidido quedarse a vivir aquí entre 2012 y 2021.

El sujeto obligado debe detallar si las personas migrantes se encontraban en tránsito o se habían asentado en alguna localidad mexicana.

¡Comparte esta nota!
error: Content is protected !!