Tribuna Campeche

Diario Independiente

Teme Rosas embargo y promueve amparo

Este 10 de agosto, audiencia donde determinarán si se lo conceden

Ante el temor de que alguna de sus propiedades pueda ser embargada, como parte de la investigación a su gestión como alcalde en el periodo 2028-2021, el exedil Óscar Román Rosas González promueve recurso de amparo ante el Juzgado Tercero de Distrito.


Al parecer, la acción deriva de una resolución dictada por el Órgano Interno de Control, tras la salida de Edith López Yáñez, donde se ordena el embargo precautorio de bienes contra el exalcalde.


De acuerdo con el expediente 665/2023 del Juzgado Tercero de Distrito con sede en la Isla, consultado en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Rosas González solicitó la protección de la justicia federal a principios de este mes, ante la posibilidad de que algunos de sus bienes pudieran ser incautados.


El priísta recurrió a esta acción judicial luego de que recientemente su amiga, la extitular del Órgano Interno de Control, Edith López Yáñez, fue despedida por instrucciones del alcalde Pablo Gutiérrez Lazarus.


En su solicitud, Rosas González mencionó que fueron violentados sus derechos consagrados en los artículos 1, 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, basado en las medidas de aseguramiento y precautorias de bienes.


El juez Tercero de Distrito, José Elías Pacheco Martínez, determinó concederle la suspensión provisional, previo pago de 20 mil pesos como garantía económica.
El amparo es promovido contra actos de embargo precautorio de bienes promovidos por la Tesorería Municipal y otras autoridades, las cuales ya presentaron un informe en referencia a la queja de Óscar Rosas.


El supuesto incidente de embargo precautorio de bienes está marcado con el número 001/2023, bajo el expediente PRAS003/2023 con fecha 8 de junio de 2023, según resoluciones del Juzgado Tercero de Distrito.


Ante el temor del exedil, la Tesorería, mediante informe justificado, informó que no es cierto el acto que reclama el quejoso.


Igual el jefe del Departamento de Ingresos de la Comuna envió oficio ante el juzgado tercero de Distrito, señalando que no es cierto el acto que reclama el exalcalde priísta.


De la misma manera, por medio del oficio OIC/CRA-194/2023, el coordinador de Responsabilidad Administrativa, en su calidad de Autoridad Substanciadora y Resolutora del Órgano Interno de Control del Ayuntamiento, rindió informe previo en el sentido de que no son ciertos los actos reclamados.
Por su parte, el juez José Elías Pacheco Martínez expresó que con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, con el informe justificado, se diera vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga.


Recientemente, el juzgador dijo: “Se reclama la resolución dictada en el incidente de embargo precautorio de bienes por las autoridades antes mencionadas, la que aduce fue emitida sin substanciar el procedimiento relativo al incidente, ni tampoco contar con los elementos que requiere la ley para su concesión, ni con facultades para decretar medidas cautelares en los casos de procedimientos por faltas administrativas graves”.


En el expediente difundido en el portal del CJF, se menciona que la audiencia constitucional para determinar si le conceden a Óscar Rosas la protección de la justicia federal, está programada para el 10 de agosto del año en curso a las 9:15 horas.

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