A través de una publicación en sus redes sociales, el equipo “Abogados por la verdad México” dio a conocer que obtuvo su primera suspensión definitiva para no proporcionar sus datos biométricos para la integración de la Cédula Única de Registro de Población (CURP), lo que implica también que al no proporcionar dichos datos, no se podrán ingresar a la Plataforma Única de Identidad, ni podrán ser compartidos por las autoridades, ni por las personas morales para los efectos precisados en los mismos, pues los derechos humanos que se trastocan son personalísimos.
La resolución provisional en el juicio de amparo 1720/2025 fue dictada por la jueza segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo, Silvia Baca Cardoso, ayer 15 de agosto de 2025.



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