Tribuna Campeche

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ARTURO BRAVO MUÑOZ Y ANDREA SADEK DEBEN SER SANCIONADOS POR INGRESO ILEGAL A CALAKMUL, ¿O APLICARÁN LA JUSTICIA SELECTIVA DE LAYDA?

El ingreso ilegal a la zona arqueológica de Calakmul por parte de Arturo Bravo Muñoz, hijo de la secretaria de Seguridad Ciudadana de Campeche, Marcela Muñoz, y su esposa, Andrea Sadek, hija de la directora del Instituto de la Mujer, Vania Kelleher, debe ser sancionado conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que establece penalizaciones para quienes accedan sin autorización a estos sitios protegidos.

SANCIONES LEGALES OBLIGATORIAS:

El Artículo 47 de dicha ley establece que cualquier persona que realice trabajos de exploración, excavación, remoción o destrucción de monumentos arqueológicos sin la autorización correspondiente debe recibir una pena de tres a diez años de prisión y una multa por el valor del daño causado. El simple hecho de ingresar sin permiso a una zona arqueológica, como Calakmul, representa una infracción que debe ser sancionada de manera ejemplar.

El Artículo 55 menciona que las infracciones no previstas en el capítulo correspondiente serán sancionadas con multas que oscilan entre 100 y 50,000 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción. En casos de escalada en zonas arqueológicas, las sanciones pueden incluir multas de 5,000 a 50,000 pesos. Además, la ley establece que es necesario obtener permiso previo de la autoridad competente para realizar cualquier actividad dentro de estos sitios.

El Artículo 52 dicta que, además de las sanciones penales, los responsables deben asumir medidas de restitución, lo que implica la obligación de financiar proyectos de conservación en la zona afectada como forma de reparación del daño al patrimonio.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA INELUDIBLE:

Arturo Bravo Muñoz, en su calidad de Vicefiscal General de Campeche, debe enfrentar consecuencias administrativas inmediatas, ya que su ingreso ilegal a una zona protegida incumple con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual obliga a los servidores públicos a respetar la normatividad y evitar el uso de influencias para obtener beneficios personales.

Por su parte, Andrea Sadek, hija de una funcionaria de alto nivel, no debe recibir trato preferencial ni evitar una sanción bajo ningún argumento. Ambos deben ser sancionados sin distinciones y con el rigor que establece la ley para evitar un caso más de impunidad y abuso de poder.

El INAH ha iniciado una investigación sobre el caso, y las autoridades estatales deben garantizar la aplicación de la ley sin privilegios ni excepciones, castigando conforme a derecho a los responsables de esta violación al patrimonio cultural.

Fuentes consultadas: Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, Artículo 47 y 55, diputados.gob.mx, excelsior.

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