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Debilitan la seguridad para más recaudación

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Conceden mayores atribuciones a la secretaria Marcela Muñoz Martínez

Con el voto en contra de cinco diputados de Movimiento Ciudadano (MOCI), los diputados de Morena, PRI y PAN aprobaron que la Policía Estatal Preventiva (PEP) y la Policía Municipal tengan facultades para detener, multar y retener vehículos y personas, con lo que también confirieron mayor poder a la secretaria de Protección y Seguridad Ciudadana (SPSC), la guanajuatense Marcela Muñoz Martínez.

En la sesión del Congreso del Estado, 28 legisladores avalaron reformar disposiciones de la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular, y derogar la fracción III del segundo párrafo del artículo 63 de la Ley de Seguridad Pública, para desaparecer la Coordinación General de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte del Estado.

Las reformas, promovidas por el morenista jarocho Alejandro Gómez Cazarín, precisan que en la entidad existen mil 159 elementos de PEP, 107 de tránsito y vialidad y 603 policías municipales, con lo que ahora se tendrían mil 869 con atribuciones para multar.

Los artículos 51 y 52 señalan que la PEP podrá detener vehículos cuando su conductor cometa una infracción, y podrá retirarlos de circulación y asegurarlos para evitar afectación al orden público e interés social. La fracción I señala que podrá detener al conductor si muestra agresividad hacia los policías, y si la infracción da lugar a un delito será puesto a disposición del Ministerio Público.

La mocista Mónica Fernández Montufar advirtió que estas reformas sólo garantizan que el Gobierno de Layda Elena Sansores San Román tenga más dinero en su presupuesto, y justifican un robo en despoblado, pues ‘arrebata el presupuesto anual que corresponde al Municipio la recaudación de los derechos por servicios de tránsito’.

Luego, con voto en contra de las bancadas del PRI y MOCI, legisladores de Morena y el PAN aprobaron adicionar el artículo 638 bis a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, para incluir la figura del ‘amicus curiae’ y que el Tribunal Electoral local (TEEC) permita la participación ciudadana, así como la opinión y colaboración de expertos y sociedad civil en la deliberación de los recursos a resolver.

También aprobaron reformar la fracción V del artículo 167, y adicionar los artículos 109 bis y 175 bis del Código Civil del Estado, para establecer entre los impedimentos para contraer matrimonio, ejercer cualquier tipo de violencia.

Además, para que el oficial del Registro Civil obtenga el certificado que informe si alguno de los pretendientes se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios y para reconocer el trabajo doméstico no remunerado y el cuidado de hijas e hijos, que históricamente ha sido desempeñado por las mujeres, como aportación equivalente a la labor fuera del hogar remunerada, que ha sido históricamente desempeñada por los hombres.

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