Absuelven al periodista Martínez Caamal, conductor de La Barra Noticias
El juez tercero Civil y de Extinción de Dominio de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Estado declaró improcedente la demanda por daño moral, que promovió el director de la Unidad de Comunicación Social del Gobierno del Estado, Walther David Patrón Bacab, en contra del periodista Carlos Ernesto Martínez Caamal, conductor de la página digital “La Barra Noticias”.
El juzgador Adalberto del Jesús Romero Mijangos resolvió en definitiva los autos del expediente 146/22-2023/3CID-ED relativo al juicio ordinario civil de daño moral promovido por Patrón Bacab en contra de Medios y Publicidad de Campeche, S.A. de C.V. y su administrador único Carlos Ernesto Martínez Caamal, que a su vez es administrador del usuario La Barra Noticias.
Patrón Bacab demandó el 10 de enero de 20223 con el argumento de que la Barra Noticias, en su plataforma de red social Facebook, en varias ocasiones ha realizado publicaciones carentes de sustento y tergiversando información, “con la única intención de dañarlo, ofenderlo, humillarlo y menospreciarlo, al poner en duda su capacidad y honorabilidad profesional, al afirmar maliciosamente que es prestanombres y ha cometido ilícitos, aseveraciones que dañan severamente su reputación, honor y dignidad”.
Martínez Caamal afirma que soy prestanombres sin dar margen a presunción ni defensa. Me acusó, me procesó y condenó. A partir de la primera nota publicada —se quejó— me he sentido golpeado, emocionalmente abatido y desprestigiado, pensando de la reputación que he conseguido a lo largo de mis años como profesionista, y como se ve desacreditada, menoscabada y pisoteada, por el ejercicio mediático de esta persona que a sabiendas de su falsedad, concluyó y afirmó maliciosa, temeraria y despreocupadamente que soy prestanombre.
Se queja de que lo acusan de recibir 34 millones de pesos en contratos, al fungir como prestador de servicios en la Alcaldía Álvaro Obregón, precisamente cuando era alcaldesa la hoy gobernadora Layda Elena Sansores San Román.
El periodista demandado acreditó con copias certificadas las facturas pagadas a Patrón Bacab en la Alcaldía Álvaro Obregón, y demostró que las denuncias fueron presentadas por la diputada local por la Ciudad de México Tania Nanete Larios Pérez.
El juzgador no encontró que haya habido “real malicia”, confirmó que es tema de interés público y los señalamientos se inscriben dentro del ejercicio de la libertad de expresión. Por ello declaró improcedente el juicio ordinario civil de daño moral promovido por Patrón Bacab en contra de Medios y Publicidad de Campeche y de su administrador único, Carlos Ernesto Martínez Caamal, y lo absolvió.
Los hechos de que se queja Patrón Bacab son verídicos, porque es información obtenida legalmente de diversas fuentes, y por ello no tienen ninguna ilegalidad los comentarios emitidos, resolvió el juzgador, aunque no lo condenó al pago de costas, daños y perjuicios, “porque ambos actuaron de buena fe”.
Más historias
MONREAL CONFIRMA DESAPARICIÓN DE 32 INSTITUTOS ESTATALES DE TRANSPARENCIA
PREOCUPA QUE EL EJECUTIVO PRETENDA RECORTES EN ÁREAS COMO SALUD: ARMENTÍA
LAYDA ENGAÑÓ A EMPRESARIOS: SEDENA NO CONTRATA A CAMPECHANOS EN LA PAVIMENTACIÓN DE LA CARRETERA 180