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Avalan leyes secundarias del matrimonio igualitario

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Las parejas del mismo sexo de Yucatán ya se podrán casar por la vía civil sin la necesidad de interponer un amparo, esto, luego de que el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad las leyes secundarias en materia de matrimonio igualitario.

Las reformas abarcan artículos del Código de Familia y de la Ley del Registro Civil del Estado. En la pasada legislatura se aprobó la reforma al artículo 94 de la Constitución Política del Estado, que abrió la puerta a estas nuevas modificaciones.

“Contiene una carga de justicia social histórica en sus páginas, y hacemos un llamado a una publicación pronta, que permitirá de una vez por todas que el matrimonio igualitario sea una realidad en Yucatán. Más allá de las creencias personales o ideas partidistas debe prevalecer el compromiso que tenemos con la sociedad y con la Constitución”, señaló Vida Gómez Herrera, diputada local por Movimiento Ciudadano.

Alejandra Novelo Segura, del Partido Morena, mencionó que se reconoce el derecho de cualquier persona a elegir con quién formar una familia, o unirse en matrimonio, y si ambas partes lo eligen, tengan el reconocimiento legal necesario para su protección”.

La priísta Karla Franco Blanco señaló que esta Legislatura debe sentir gran orgullo por promulgarse en contra del estigma y la discriminación, así como por consolidar en el Código de Familia y la Ley del Registro Civil, ambas de Yucatán,  la reforma constitucional aprobada en la LXII legislatura.

“Debe sentir gran orgullo por proteger a los distintos modelos de familia que coexisten en la sociedad, mediante una regulación incluyente en las instituciones del matrimonio y concubinato, que se constituyen como disposiciones protectoras, eficaces y adecuadas a nuestra realidad social”.

Solamente faltará que el Poder Ejecutivo decida publicar esta votación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado para que sea oficial y el mismo Registro Civil tenga autorización para casar a un hombre con otro hombre o a una mujer con otra mujer, es decir, que no haya matrimonio únicamente entre un hombre y una mujer, como estaba contemplado en el Código de la Familia en la entidad.

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